¿Quiénes pueden solicitar un permiso de trabajo en EE. UU.?

 Solicitar un permiso de trabajo en Estados Unidos, también conocido como Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés), no está disponible para todos los inmigrantes. De hecho, solo las personas que tienen un estatus migratorio específico o están en medio de ciertos trámites de inmigración pueden pedirlo legalmente.

Esto se debe a que el permiso de trabajo está estrechamente vinculado a tu situación migratoria actual. Es decir, no se trata de una autorización general abierta a cualquier persona que se encuentre en el país, sino de un beneficio otorgado a quienes califican bajo criterios específicos definidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

En este artículo te explicamos quién puede pedir un permiso de trabajo en EE.UU., cuáles son los grupos elegibles, y qué condiciones debes cumplir para calificar. También conocerás los diferentes tipos de casos migratorios que permiten acceder a esta autorización.

Personas con solicitudes de asilo o asilo aprobado

Uno de los grupos más comunes que califica para solicitar un permiso de trabajo en EE.UU. es el de los solicitantes de asilo. Si presentaste una solicitud de asilo (Formulario I-589) y han pasado 150 días desde la fecha de presentación sin que USCIS haya tomado una decisión negativa sobre tu caso, puedes solicitar un permiso de trabajo.

  • Este permiso, sin embargo, no se otorga automáticamente; necesitas presentar el Formulario I-765 para obtenerlo.
  • El gobierno permite emitir este permiso para que los solicitantes puedan mantenerse económicamente mientras esperan una decisión sobre su caso.

En el caso de personas a quienes ya se les ha aprobado el asilo, también pueden solicitar un permiso de trabajo o, si lo prefieren, trabajar legalmente sin necesidad de renovar este documento. No obstante, muchos asilados continúan solicitándolo por conveniencia o para tener documentación adicional que facilite procesos como abrir una cuenta bancaria o buscar empleo.

Beneficiarios de TPS (Estatus de Protección Temporal)

El TPS (Temporary Protected Status) es un beneficio otorgado por el gobierno de EE.UU. a ciudadanos de ciertos países que enfrentan conflictos armados, desastres naturales o condiciones extraordinarias que impiden el regreso seguro.

Si te han otorgado el TPS, tienes derecho a solicitar un permiso de trabajo mientras dure tu estatus protegido.

  • Este permiso tiene vigencia por el mismo período que el TPS y puede ser renovado mientras continúe el programa.
  • La solicitud se realiza con el Formulario I-765 y suele aprobarse de forma más rápida que en otros casos debido a la claridad del estatus migratorio.

Países como Venezuela, Haití, El Salvador y Nicaragua han tenido TPS en vigencia en distintos momentos, y sus beneficiarios han podido trabajar legalmente durante la duración del programa.

Personas con DACA

Las personas inscritas en el programa DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) también son elegibles para solicitar un permiso de trabajo en EE.UU.

Este programa protege de la deportación a ciertos jóvenes que llegaron al país siendo niños y cumplen con requisitos específicos, como haber residido continuamente en EE.UU. desde una fecha determinada y haber cursado estudios en el país.

  • Los beneficiarios de DACA reciben un permiso de trabajo por dos años, renovable si el programa sigue vigente.
  • Este documento es esencial para poder trabajar legalmente y acceder a ciertas oportunidades laborales que requieren verificación de empleo.

Aunque DACA ha enfrentado desafíos legales, los permisos de trabajo para los actuales beneficiarios siguen siendo válidos y pueden ser renovados, siempre que USCIS mantenga el programa activo.

Cónyuges de ciudadanos o residentes permanentes

Si estás casado(a) con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal, puedes calificar para un permiso de trabajo en determinadas circunstancias migratorias.

Por ejemplo:

  • Si estás realizando un ajuste de estatus (Formulario I-485) como parte de una petición familiar, puedes solicitar el EAD mientras esperas la residencia.
  • También puedes ser elegible si tienes una visa de cónyuge K-1 (prometido) y te casas dentro del período legal, o si tienes una visa de cónyuge K-3.

Además, algunos cónyuges de titulares de visas de trabajo como la H-1B (visa H-4), pueden calificar para un permiso si el titular principal cumple ciertas condiciones, como haber iniciado el proceso de residencia permanente.

Este grupo representa una gran parte de los inmigrantes que acceden al permiso de trabajo mientras completan trámites familiares.

Estudiantes con visa F-1 y programa OPT

Los estudiantes internacionales con visa F-1 no tienen permitido trabajar fuera del campus durante el primer año académico. Sin embargo, pueden obtener autorización de empleo a través de programas como el OPT (Optional Practical Training) o CPT (Curricular Practical Training).

  • El OPT permite trabajar en empleos directamente relacionados con el área de estudio, por un máximo de 12 meses, o hasta 36 meses si se trata de un campo STEM.
  • Para hacerlo, los estudiantes deben solicitar un EAD mediante el Formulario I-765 y recibir aprobación antes de comenzar a trabajar.

También existen programas de trabajo dentro del campus que no requieren un EAD, pero sí limitaciones de horario.

Este tipo de permiso no es automático y requiere la aprobación previa de la escuela y de USCIS. Aun así, es una vía legal y común para adquirir experiencia profesional en EE.UU.

Otros casos especiales (parole humanitario, visa U, etc.)

Además de los grupos anteriores, existen otros casos especiales de inmigración que pueden calificar para un permiso de trabajo:

  • Parole humanitario: Personas que entran a EE.UU. por razones humanitarias urgentes (como migrantes bajo CBP One o reunificación familiar) pueden solicitar un EAD mientras su caso esté vigente.
  • Visa U: Otorgada a víctimas de ciertos delitos que colaboran con las autoridades. Los solicitantes pueden pedir un permiso de trabajo una vez aprobada la visa o incluso mientras está en trámite (con ciertas condiciones).
  • Visa T: Diseñada para víctimas de tráfico humano. También permite acceso al permiso de trabajo.
  • Solicitantes de ajuste de estatus bajo otras categorías como VAWA (Violence Against Women Act), SIJS (Special Immigrant Juvenile Status) o beneficiarios de peticiones laborales, pueden calificar para un EAD temporal mientras esperan la residencia.

Cada uno de estos casos tiene criterios específicos y plazos únicos para presentar el Formulario I-765. Contar con la guía de un abogado o asesor en inmigración es clave para entender si calificas y cuándo debes hacer la solicitud.

Como ves, no todos pueden solicitar un permiso de trabajo en EE.UU., pero si tu situación migratoria entra en alguna de las categorías mencionadas, es muy probable que puedas obtener uno.

La clave está en entender si tu estatus actual permite pedir el EAD y qué requisitos debes cumplir. Presentar el Formulario I-765 correctamente, dentro del tiempo estipulado, y con la documentación de respaldo adecuada es fundamental para obtener la autorización.

¿Calificas y estás listo para comenzar tu trámite? Aquí te mostramos el proceso paso a paso para solicitar tu permiso de trabajo en EE.UU.

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